
Imagen gracias a: El País (América)
El Tribunal Supremo mantiene la absolución en el caso Neymar 2 ligado al fichaje por el FC Barcelona
El alto tribunal rechaza la reclamación del fondo de inversión DIS y respalda la sentencia absolutoria por corrupción y estafa impropia vinculadas a un contrato simulado en la operación de 2009.
Neymar da Silva, junto con los exdirectivos del Barcelona Sandro Rosell y Josep Maria Bartomeu, puede cerrar el caso en el que se les señalaba por corrupción y estafa impropia bajo la figura de contrato simulado en el fichaje del jugador brasileño por el FC Barcelona en 2009. El Tribunal Supremo confirmó la absolución dictada en 2022 por la Audiencia de Barcelona dentro del denominado caso Neymar 2, en el que el fondo de inversión DIS reclamaba una cantidad superior a los 6,8 millones que percibió por la operación.
El Supremo fundamenta su decisión en la “inconsistencia de la acusación” y concluye que DIS no acreditaba el derecho pretendido. Aunque el fondo contaba con el 40% de los derechos económicos del futbolista, no disponía de los derechos federativos, que son los que determinan que un jugador pueda cambiar de equipo mientras mantiene contrato vigente. En esa línea, el fallo considera que no puede interpretarse la existencia de una actuación delictiva, al entender que el conflicto se mueve en el terreno del derecho deportivo y dentro de las normas de la UEFA y la FIFA.
El tribunal explica que los derechos federativos corresponden al club con el que el jugador tiene contrato activo. Asimismo, señala que si el jugador es agente libre, no requiere del club de procedencia. La sentencia añade que el Barcelona realizó pagos pese a contar con un compromiso previo para que Neymar se marchara libre del Santos cuando finalizara su contrato.
En cuanto a la calificación del pago, el Supremo determina que, en todo caso, se trataría de un incumplimiento contractual y precisa que la cuantía abonada por el Barcelona al Santos funcionó como una prima. “Con independencia de si el jugador tenía o no como deseo jugar en el FC Barcelona, responde a cualquier lógica que el padre del jugador, ante el deseo de este club de hacerse con sus servicios, exigiese una prima por la opción”, recoge el comunicado del Supremo.
El Barça abonó a N&N Consultoria Esportiva 60 millones por diversos conceptos entre 2011 y 2013. Además, entregó al Santos 25 millones: 17,1 por el traspaso y 7,9 por una opción de compra de tres jóvenes promesas, así como por dos amistosos de los que solo se disputó uno. El fiscal retiró su acusación al considerar que la construcción del caso se había apoyado en pruebas indiciarias. El Supremo sostiene que ese dinero no correspondía a un traspaso, sino a “derechos futuros”.
El tribunal también afirma que no quedan acreditadas intenciones delictivas en el acuerdo entre las partes y que los contratos firmados en 2011 no encajan ni en la simulación contractual ni en el delito.
Por su parte, la Audiencia de Barcelona sí condenó al Barcelona a pagar una multa de 5,5 millones de euros por dos delitos fiscales en la operación del fichaje del jugador brasileño. El club reconoció haberlos cometido en los ejercicios 2011 y 2013, aunque exoneró de responsabilidades a los expresidentes Rosell y Bartomeu.
Si quieres más información visita https://poderenlosmedios.com/
