
La Audiencia Nacional desestima la demanda de LaLiga y niega que el paro de 10-15 segundos sea una huelga en la novena jornada
El tribunal concluye que los parones impulsados por los jugadores de Primera División no constituyeron una huelga, sino una manifestación del derecho a la libertad de expresión de los futbolistas y de la AFE.
Imagen gracias a: El País (América)
La Audiencia Nacional (AN) rechazó este martes la demanda presentada por LaLiga contra la Asociación de Futbolistas Españoles (AFE). El objetivo era que el parón de entre 10 y 15 segundos realizado por los jugadores de Primera División al inicio de los encuentros de la novena jornada se calificara como una huelga ilegal, en protesta por el malestar derivado del partido que iba a celebrarse en Miami entre el Villarreal y el FC Barcelona.
La patronal defendió que la actuación de los futbolistas encajaba como una huelga ilegal y que habría ocasionado un perjuicio de 8,7 millones de euros, vinculándolo a los paros de 15 segundos convocados por el sindicato. Sin embargo, en su sentencia, los magistrados sostienen que “los paros no constituyeron una huelga sino una manifestación del derecho de libertad de expresión de los jugadores y de la AFE”.
El tribunal añade que, “ante la imposibilidad de ser escuchados los capitanes de los clubes, AFE y los jugadores decidieron instrumentar su malestar a través del paro que se secundó en los partidos de la novena jornada”. Asimismo, subraya que, por su duración reducida —10 segundos dentro de los 90 minutos, a salvo del tiempo añadido en su caso— y por la falta de efectos sobre el desarrollo de la jornada, al haberse disputado todos los partidos hasta su finalización sin incidencia adicional más allá de los lances del juego, “no puede calificarse o tildarse de huelga”.
La AN explica que, al analizar las circunstancias concretas en las que ocurrieron los hechos, queda acreditado que al comenzar los partidos los jugadores permanecieron inmóviles sin intención de iniciar el juego, y que el intervalo entre el inicio del encuentro y el comienzo efectivo nunca superó los 15 segundos, llegando incluso a ser inferior en algunos casos. El fallo detalla que solo en el partido Celta - Real Sociedad se registraron dos paros: uno al inicio del encuentro y otro en el minuto uno, tras un saque de banda, con una nueva inmovilidad durante 10 segundos.
La interrupción se produjo durante la jornada de trabajo de los futbolistas, que el tribunal indica que “comprende la prestación de servicios ante el público y el tiempo en que esté bajo las órdenes directas del club o entidad deportiva a efectos de entrenamiento o preparación física y técnica para la misma”.
Finalmente, la sentencia también rechaza que la cancelación del partido de Miami pueda atribuirse de manera exclusiva al paro realizado por los jugadores.
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