FIFA rechaza el recurso de la RFEF y mantiene sanción a España por cánticos racistas ante Egipto

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FIFA rechaza el recurso de la RFEF y mantiene sanción a España por cánticos racistas ante Egipto

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La Comisión de Apelación de la FIFA confirmó la multa y la clausura parcial impuestas a España por cánticos racistas en el amistoso contra Egipto disputado el 31 de marzo en el estadio Cornellá. La RFEF recurrirá al Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS).

La Comisión de Apelación de la FIFA desestimó el recurso presentado por la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) contra la sanción que le impuso el órgano de disciplina por cánticos racistas en el amistoso frente a Egipto, disputado el 31 de marzo en el estadio Cornellá.

El 4 de agosto, la Comisión de Disciplina sancionó a España con una multa de USD 20.000 y con la clausura parcial, de al menos el 15% del aforo, del estadio donde se juegue su próximo partido amistoso. La Comisión de Apelación confirmó esta decisión, que la RFEF llevará al Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS).

En distintos momentos del encuentro, se escuchó el cántico "musulmán el que no bote es", con presencia en los 10 minutos de la primera parte y después en otras instancias del partido.

Durante el descanso, el mensaje mostrado en el videomarcador recordó que "la legislación para la prevención de la violencia en el deporte prohíbe y sanciona la participación activa en actos violentos, xenófobos, homófobos o racistas".

La FIFA abrió un expediente en abril a la RFEF por estos hechos. En sus alegaciones, la federación señaló que al partido asistieron 35.895 espectadores y que el cántico fue entonado, supuestamente, únicamente por un grupo reducido de aficionados ubicado en los sectores 108, 109 y 110. Además, sostuvo que solo ocurrió en dos ocasiones y que no fue secundado por el resto del público.

La RFEF también indicó que, tras sus intervenciones, los intentos posteriores de repetir el cántico fueron respondidos con silbidos y abucheos por parte del conjunto del estadio. Añadió que no hubo otros incidentes: no se registró violencia, ni pancartas discriminatorias, ni pirotecnia, ni interrupciones del partido, y tampoco recibió quejas el equipo egipcio ni los árbitros.

Otro punto de la defensa fue que la Federación Egipcia envió posteriormente una carta agradeciendo la profesionalidad en la organización del partido, sin mencionar los cánticos. Asimismo, argumentó que la palabra "musulmán" no constituye un insulto ni un término despectivo, sino una forma académicamente correcta, legalmente neutra y socialmente aceptada para referirse a una persona que profesa el islam.

Además, la RFEF se refirió a jurisprudencia anterior del TAS sobre el criterio del observador razonable u objetivo y subrayó que el árbitro fue el observador más relevante. Indicó que se le informó del texto exacto y del significado del cántico durante el partido, y que no se activó el protocolo antidiscriminación de tres pasos de la FIFA tras la primera ocasión en la que se produjo el cántico.

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